Conoce la fecha límite de cancelación CFDI 2023

El manejo de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) está sujeto a reglas específicas, marcadas tanto por el Código Fiscal de la Federación (CFF) como por la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el año 2023. Es esencial para los contribuyentes entender las modificaciones introducidas y los plazos establecidos para la cancelación de facturas 4.0.

¿Cuándo se puede cancelar una factura?

Es en el Código Fiscal de la Federación, específicamente en su Artículo 29-A, dónde se establecen normativas estrictas respecto a la cancelación de facturas 4.0. Según esta disposición, los CFDI solo pueden ser cancelados en el mismo ejercicio en el que fueron expedidos, siempre y cuando la persona a favor de quien se expidan acepte dicha cancelación.

Sin embargo,la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el año 2023, en su Regla 2.7.1.47, introduce una facilidad que amplía el plazo para la cancelación de los CFDI. Esta regla dispone que la cancelación de los CFDI podrá realizarse a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el comprobante, es decir, para personas morales podrán cancelar hasta el 31 de marzo de 2024 y en el caso de personas físicas hasta el 30 de abril del 2024.

Tipos de cancelación de CFDI sin necesidad de la aceptación del receptor:

  • CFDI 4.0 que amparen montos totales de hasta 1,000 pesos.
  • CFDI 4.0 por concepto de nómina, egresos, traslado, retenciones e información de pagos.
  • CFDI 4.0 expedidos en operaciones con el público en general, conforme a la regla 2.7.1.21.
  • CFDI 4.0 emitidos a residentes en el extranjero para efectos fiscales, según la regla 2.7.1.23.
  • Cancelación de la factura v 4.0 dentro del día hábil siguiente a su expedición.
  • CFDI 4.0 por concepto de ingresos, emitidos por contribuyentes dedicados a ciertas actividades específicas.
  • CFDI 4.0 emitidos por el sistema financiero.
  • CFDI 4.0 expedidos por la federación por concepto de derechos, productos y aprovechamientos.

Cabe destacar que, a través, del portal del SAT, se podrán realizar todas las solicitudes de consulta de estado de la factura, petición de cancelación, la aceptación o rechazo de la cancelación y la consulta de documentos relacionados o en su defecto, a través de los servicios de un proveedor de certificación ya que facilitan la opción de realizar de forma masiva dichas cancelaciones.

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Fuentes: SAT.

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